¿Cuándo se vota? DOMINGO 3 de DICIEMBRE

¿Qué se eligen? CUATRO CONSEJEROS/AS TITULARES Y CUATRO SUPLENTES

Presentación de Listas: JUEVES 2 de NOVIEMBRE 2023 – 10HS

Forma y requisitos de presentación: Art. 25 del Reglamento Electoral (Resolución 1884- Disponible en www.psicologosdistitox.org.ar)

Requisitos para sufragar: se vota con Cuota 11° Matrícula paga

Los/as invitamos a participar y habitar el Colegio

COLEGIO PSICÓLOGAS y PSICÓLOGOS DISTRITO X PBA

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Art. 25°. – La presentación de las listas a la Junta Electoral deberá formalizarse por escrito, en computadora, de acuerdo al Anexo 1 de la presente, por triplicado y hasta treinta (30) días corridos antes de la fecha de los comicios. La presentación tendrá: a) El nombre completo de cada candidato/a al Consejo Directivo y al Tribunal Disciplinario si correspondiere, los números de documento de identidad y de matrícula, el domicilio real y el cargo para el que se postula. El listado se hará separando los/las postulantes para cargos en el Consejo Directivo de Distrito de los auspiciados/as para el Tribunal Disciplinario, si correspondiere la elección de éste, y llevará la firma y su aclaración de todos/as los candidatos/as en forma manuscrita como constancia de su aprobación. Deberán asimismo postularse candidatos/as para todos los cargos a cubrir. b) El nombre completo, los números de documento de identidad y de matrícula, el domicilio real y la firma aclaratoria del Apoderado/a Titular y del/la suplente, y en su caso, del observador/a que asistirá a las reuniones de la Junta Electoral (que podrá ser alguno de los/as apoderados/as y ser confirmados en un plazo no mayor a las 72 hs). c) El aval hacia la lista del uno por ciento (1%) de los/las colegiados/as activos/as, respecto de los que se cumplirán los requisitos indicados en este artículo para los/as candidatos/as, y de la cual no formarán parte. (son 29 en el 2023) Esto, de acuerdo al modelo que se adjunta a la presente como Anexo 2. d) El domicilio electoral que fije la lista, dentro de la Ciudad de cabecera del Distrito. e) El nombre y el lema que distinguirán a la lista si así lo consideraran conveniente sus promotores/as. f) La exhibición por medios institucionales oficiales de las listas completas (postulantes, apoderados/as y avales) será por el término de tres (3) días corridos, contados a partir de su oficialización, a los fines de las eventuales impugnaciones que pudieran formalizarse. g) Los/as candidatos/as para el Consejo Directivo deberán tener no menos de dos (2) años calendario (sin interrupción) de ejercicio profesional, un (1) año de residencia profesional en el Distrito donde se postulen, y no registrar antecedentes de deuda de ningún concepto con el Colegio, ni de sanciones éticas. Los candidatos/as para el Tribunal de Disciplina deberán cumplir las mismas condiciones y tener no menos de cinco (5) años calendario ininterrumpidos de ejercicio profesional y los demás requisitos indicados en el primer párrafo de este inciso. Los avales tendrán los mismos requisitos que los/las postulantes a Consejo Directivo. h) Los/as candidatos/as que hubieran sido electos/as para ejercer su función – tanto para el Consejo Directivo como para el Tribunal de Disciplina- y luego hubieran renunciado o quedado cesantes por inasistencias, deberán esperar al vencimiento del mandato por el cual fueron elegidos/as para poder presentarse nuevamente a elecciones. i) Los/as candidatos/as para el Consejo Directivo y para el Tribunal de Disciplina no podrán ser aval de la lista que forman parte. j) El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos determinará la exclusión de la lista respectiva. k) La campaña electoral comenzará desde la publicación de candidaturas definitivas y se extenderá hasta un día antes de las elecciones. La campaña electoral deberá enmarcarse en las normas deontológicas, preservando el decoro profesional y el respeto entre colegas. Queda prohibida la propaganda desde las 48 hs antes del día de la elección.